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Las Estaciones de Servicio deberán informar si cobran tasas viales en los surtidores

La Resolución 259/2024 ordena a los expendedores que operan en jurisdicciones donde se aplican, a colocar una calcomanía informativa en cada surtidor. También deberán consignarlo en la plataforma de la Resolución 1104/04. Habrá fuertes sanciones por incumplimiento.

El Gobierno, a través de la Secretaría de Energía, oficializó una nueva normativa que obliga a las Estaciones de Servicio que operan en jurisdicciones donde se aplican tasas viales o municipales a informar sobre dichos gravámenes a los consumidores de manera clara y visible en cada surtidor. La Resolución 259/2024, publicada en el Boletín Oficial, apunta a “facilitar a los consumidores el acceso a dicha información”, en línea con los principios de transparencia comercial.

La medida establece que deberán incluir una calcomanía informativa en cada surtidor. Esta calcomanía, con un tamaño aproximado de 30 por 21 centímetros, deberá colocarse a una altura mínima de 1,60 metros y contener el siguiente texto: “En esta jurisdicción se aplican tasas viales y/o municipales sobre el precio de los combustibles. Para más información, podrá consultar la página web de la Secretaría de Energía”.

Aunque el diseño del adhesivo está reglado por los parámetros establecidos en uno de los anexos de la Resolución, las empresas petroleras tendrán libertad para definir sus colores. Sin embargo, la normativa aclara que, en el caso de estaciones que no estén alineadas a una marca o bandera específica, la calcomanía deberá ser de color amarillo.

El secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, firmante de la Resolución, explicó que la implementación de tasas municipales viales, de movilidad o de mantenimiento de redes viales, está incrementando el precio de los combustibles en algunas jurisdicciones, siendo una práctica novedosa en ciertos municipios. Dado este panorama, el Gobierno consideró necesario que los consumidores tengan “acceso a información cierta, clara y detallada sobre los precios -netos de tributos- de los combustibles que expenden las bocas de expendio situadas en el territorio nacional, como así también sobre cómo se componen los mismos”.

La nueva medida busca proteger los derechos de los usuarios, quienes, a partir de ahora, podrán identificar de manera directa si el precio del combustible en su zona se ve afectado por la aplicación de tasas locales. La inclusión de este tipo de información en los surtidores se enmarca dentro de un esfuerzo por generar mayor transparencia en la cadena de comercialización de combustibles, permitiendo a los usuarios finales comprender con mayor detalle la estructura de costos de este bien esencial.

La resolución no solo busca evitar confusiones respecto a los precios, sino también promover la competencia equitativa entre las Estaciones de Servicio. Al informar claramente sobre los tributos municipales, se espera que los consumidores puedan tomar decisiones más informadas y, de ser necesario, evaluar opciones de carga en distintas jurisdicciones.

Las Estaciones de Servicio deberán adherir a esta normativa en un plazo de implementación de 120 días. Los consumidores, por su parte, podrán acceder a más detalles sobre estos tributos a través de la página web de la Secretaría de Energía, donde se pondrá a disposición la información correspondiente a cada jurisdicción.

surtidores.com

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