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NIVEL INICIAL: EN SEPTIEMBRE ABRE LA INSCRIPCIÓN

A INTERINATOS Y SUPLENCIAS.

A través de la Junta de Clasificación de Nivel Inicial, el Ministerio de Educación informó que el periodo será hasta el 15 de octubre, según los establecido por el Estatuto del Docente y su reglamentación. El Ministerio de Educación, a través de la Junta de Clasificación de Nivel Inicial, comunica a las y los docentes de dicho nivel de la provincia que la Inscripción al Periodo Ordinario “A” para Interinatos y Suplencias se llevará a cabo desde el 1 de septiembre hasta 15 de octubre de 2022, según se establece en el Cap. VI, Art. 74 y Art. 94 Ley 647-E – Estatuto del Docente y su Reglamentación.Dicha inscripción puede realizarse a través de la Aplicación SIE – Tu Gobierno Digital, por Correo Postal Certificado y en la sede de la Junta de Clasificación, sita en calle Gobernador Bosch 99, Nave 1, de Resistencia, personalmente o por terceros autorizados, en el horario de 8 a 16.Para mayor información, los interesados deberán dirigirse al citado organismo, o bien llamar al 3624-453033 o escribir al email: [email protected]Documentación para inscribirse por primera vezCorreo Postal Certificado a) Fotocopia autenticada de DNI b) Fotocopia autenticada de Partida de Nacimiento c) Título Docente, con Registro de la Dirección de Títulos y Equivalencias o Constancia del mismo con mención del promedio general y fecha de egreso (lnc. V de la Reglamentación del Art. 17°-Ley 647-E­ Estatuto del Docente) d) Constancia de Servicios Docentes prestados en el Nivel o en otro Nivel extendida por el Superior Jerárquico inmediato (si los tuviera) e) Otros Títulos. Certificados y antecedentes valorables. Plataforma Tu Gobierno Digital – Aplicación SIEEn formato PDF y en las Pestañas correspondientes: a) DNI b) Partida de Nacimiento c) Título Docente, con Registro de la Dirección de Títulos y Equivalencias o Constancia del mismo con mención del promedio general y fecha de egreso. (lnc. V de la Reglamentación del Art. 17°-Ley 647-E­ Estatuto del Docente) d) Constancia de Servicios Docentes prestados en el Nivel o en otro Nivel extendida por el Superior Jerárquico inmediato (si los tuviera) e) Otros Títulos. Certificados y antecedentes valorables. Al ser consideradas las Solicitudes con carácter de Declaración Jurada, se aplica automáticamente el Régimen de Incompatibilidad establecido en la Ley 647-E-Estatuto Docente; Los Aspirantes Extranjeros, deben cumplir con las condiciones exigidas en el Art. 17-inciso a) de la Ley 647-E-Estatuto Docente. El no cumplimiento de los requisitos precedentes, producirán el rechazo de la Solicitud.

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