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Coronavirus: cierran los juzgados de Paz de Los Frentones y Barranqueras

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia del Chaco tomó conocimiento en el día de la fecha de dos casos sospechosos de coronavirus, uno de ellos de un agente del Juzgado de Paz de Barranqueras y otro de una funcionaria del del Juzgado de Paz de Los Frentones.

Por esto, y por mayoría compuesta por Iride Isabel María Grillo, Rolando Ignacio Toledo y Emilia María Valle, con la disidencia de Alberto Mario Modi, se dispuso la desinfección y el cierre preventivo de ambas dependencias judiciales y el trabajo remoto del organismo por 72 horas.

Fundamentos de la mayoría

Grillo, Toledo y Valle consideran que, conforme los argumentos vertidos en los considerandos de las resoluciones dictadas sobre el funcionamiento del Poder Judicial en pandemia, el Superior Tribunal de Justicia debe velar por la adecuada prestación de la función judicial, preservando la salud de agentes, profesionales, justiciables y ciudadanía en general.

Asimismo, ponen de relieve que la medida dispuesta se adecúa a las recomendaciones de las autoridades sanitarias consultadas y a la Guía de Buenas Prácticas en Bioseguridad -Coronavirus- para el Poder Judicial, aprobada por Resolución N° 316/2020.

Finalmente, entienden que se trata de una medida razonable y proporcionada, ponderando que hasta el momento no se han informado o tomado conocimiento de contagios dentro del ámbito laboral, siendo que los agentes confirmados habrían contraído el virus o sus contactos se produjeron fuera del Poder Judicial.

Fundamentos de la disidencia

Por su parte Modi entiende que se debe disponer el cierre por catorce (14) días del respectivo edificio.

Además, teniendo en cuenta la cantidad de contagios verificados de COVID-19 hasta el presente, reitera que corresponde el retorno de la vigencia del Servicio Judicial de Urgencia, con el mínimo de dotación presencial de agentes, a fin de evitar concentración de personas en los lugares de trabajo, su circulación con riesgo de transmisión viral, conforme lo ya expresado en la Resolución del Superior Tribunal de Justicia Nº 413/20.

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