Escalas del impuesto a los Bienes Personales para 2019 A ricos y unos cuantos más
La aplicación del impuesto será con alícuotas progresivas, del 0,25 por ciento en el escalón más bajo y 0,75 en el más elevado. El mínimo no imponible se elevó a dos millones de pesos.
El Gobierno publicó la ley modificatoria del impuesto a los Bienes Personales, aprobada por el Congreso a principios de mes. Una de los cambios más relevantes es la aplicación de alícuotas progresivas en función del patrimonio y la suba del mínimo no imponible, que constituye el piso a partir del cual el contribuyente comienza a verse afectado por el impuesto, sube de los 1.050.000 actuales a los 2 millones de pesos. También de definió la exención de pago del tributo a los titulares de inmuebles utilizados como vivienda valuados en menos de 18 millones de pesos, que equivale a unos 460 mil dólares al tipo de cambio actual. Los cambios en el impuesto comienzan a regir en el ejercicio 2019, con vencimiento en 2020.
La modificación del impuesto a los Bienes Personales fue incluida por el Gobierno en la agenda de temas a tratar por el Congreso en las sesiones extraordinarias. La intención del oficialismo es mejorar la recaudación de Bienes Personales en el marco del objetivo de déficit cero planteado para prenda de negociación del acuerdo con el FMI. Si bien el impacto recaudatorio de los cambios no será importante, estiman especialistas, generó una ola de rechazos entre los estudios de abogados que representan a inversores de gran tamaño. Dicen que los cambios implican una “traición” a los contribuyentes que ingresaron al blanqueo de capitales.
La modificación de Bienes Personales elevó el mínimo no imponible, que define el monto del patrimonio que está exento, de 1.050.000 hasta los 2 millones de pesos. La carta para aumentar la presión impositiva de Bienes Personales es el incremento progresivo de la alícuota, que venía de estar fija en el 0,25 por ciento. Ahora, un patrimonio que exceda en hasta 3 millones de pesos el mínimo no imponible (es decir, un patrimonio de entre 2 y 5 millones de pesos) tributará un 0,25 por ciento anual sobre el excedente a ese mínimo.
La siguiente escala aplica para el patrimonio que excede los tres millones sobre el mínimo no imponible hasta los 18 millones de pesos. En ese caso el contribuyente pagará el 0,25 por ciento sobre los primeros 3 millones (7500 pesos por año) más el 0,50 por ciento sobre el patrimonio restante. El tercer escalón se compone con los contribuyentes que superan en 18 millones el mínimo no imposible (20 millones de pesos totales en adelante). En este caso, se paga 7500 pesos por el primer excedente (3 millones) y otros 75 mil pesos anuales por los 15 millones restantes de excedente. Sobre el patrimonio restante aplica una alícuota del 0,75 por ciento. Hasta antes de estos cambios se utilizaba una alícuota fija del 0,25 por ciento para todos los contribuyentes alcanzados.
Cabe resaltar que quedan exentos del pago de este impuesto los inmuebles cuyo valor impositivo no supere los 18.000.000 pesos y donde sus propietarios residan de forma permanente. En cambio, si se trata de un inmueble adicional que se utiliza como renta a través de su alquiler en el mercado, el contribuyente pagará por el total de su valuación, independientemente de cuál sea el monto. El impuesto de Bienes Personales grava a las personas y las sucesiones indivisas por los bienes que posean tanto en el país como en el exterior. En caso de encontrarse en el exterior, se incluyen los bienes ubicados en la Argentina.
La modificación del impuesto a los bienes personales fue aprobada en Diputados con 125 votos a favor, 65 en contra y 27 abstenciones, impulsada por Cambiemos, el peronismo federal y aliados provinciales, interesados en el aumento de la recaudación dado que Bienes Personales es coparticipable. El Frente para la Victoria y la izquierda votaron en contra. Uno de los temas que concentró discusiones fue la inclusión de los inmuebles rurales, que estaba prevista en el proyecto original de modificación del tributo. Después de la presión ejercida por la dirigencia del agro, los inmuebles rurales mantuvieron la exención. Además, siguen exentos del impuesto a los Bienes Personales los títulos públicos argentinos, pesos y dólares depositados en plazos fijos y cajas de ahorro junto a los inmuebles rurales y bienes situados en Tierra del Fuego.