Caso Vicentín
Van a la Corte de Santa Fe contra la homologación del concurso de acreedores
«Nada ha quedado firme. En 5 días entra el recurso de queja ante la Corte. La propuesta caerá por ilegal y abyecta», aseguró el abogado Gustavo Feldman, representante de la firma Commodities SA tras el fallo de la Cámara de Apelaciones de Reconquista que convalidó el acuerdo con los acreedores por parte de la empresa agroexportadora.
“Nada ha quedado firme. En 5 días entra el recurso de queja ante la Corte. La propuesta caerá por ilegal y abyecta”. Lapidaria opinión del abogado de Commodities s.a., luego de la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista, que con los votos de los jueces Santiago Dalla Fontana y Mauricio Sánchez, rechazó en la víspera (10 de junio de 2024) el pedido de la empresa acreedora para que eleve el caso para que lo estudie la Corte y sea este máximo tribunal de justicia de la provincia quien dicte sentencia (la Cámara rechazó el Recurso de Inconstitucionalidad).
Vale recordar que el acuerdo concursal fue rechazado por el juez Fabián Lorenzini en la sentencia de primera instancia firmada el 15 de septiembre de 2023; pero, seis meses después (6 de marzo de 2024) la Cámara de Apelaciones revocó la sentencia y lo avaló.
Frente a esa decisión adversa a sus intereses, Commodities le pidió a la Cámara que remita el caso para que lo estudie la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, mediante lo que se llama: “Recurso de Inconstitucionalidad”, a lo que no le dio lugar. Esta decisión fue firmada el 10 de junio de 2024. Y no es ninguna sorpresa para quienes conocen a este tribunal de la Ciudad de Reconquista, que solo habilita este recurso en un 2% de los casos. El caso Vicentín, a pesar de la grandilocuencia, no fue excepción.
En esta batalla judicial, la empresa rosarina quedó sola. Ni el fiscal de la Cámara de Apelaciones la acompañó, ya que se expidió propiciando que se declare la inadmisibilidad del recurso.
A Commodities le queda ahora la posibilidad de ir en queja a la Corte. Y ya comunicó a ReconquistaHOY que lo hará en término de ley.
Cuando llegue la queja, el máximo tribunal de justicia de la provincia decidirá si lo analiza o no; y -finalmente- queda un Recurso Extraordinario ante la Corte Nacional. Todos estos pasos podrían suceder en un litigio que puede ir para largo.
Por el Código de Procedimientos, el acuerdo homologado sigue vigente, lo que permite a Vicentín avanzar según el acuerdo alcanzado.
La postura de Commodities SA
La acreedora rosarina sostiene que es inconstitucional el fallo de la Cámara que homologó el acuerdo de Vicentín con los acreedores, porque incurre en una “discriminacion arbitraria”. Esgrime una supuesta abusividad de la propuesta concursal, por considerar que ésta genera quita del 80% de su acreencia. Sostiene que son arbitrarias las apreciaciones sobre la apertura del proceso de concurrencia o cramdown de Vicentin SAIC; y que el pronunciamiento no hace más que validar el vaciamiento del patrimonio de la concursada, en beneficio de tres acreedores concursales.
Asimismo, Commodities muestra su disconformidad con la sentencia de Cámara, alegando que está fundamentada en argumentos viciados, sesgados y dogmáticos, los cuales, según su criterio, la Corte Suprema de Justicia de la provincia debería examinar cuidadosamente.
Fundamentos de la Cámara
La Cámara de Reconquista sostiene en su fallo del 10 de junio, que “si bien el impugnante (Commodities s.a.) hace referencia a algunos antecedentes de la causa, no realiza un relato claro y circunstanciado de los hechos relevantes”, por lo tanto, no cumple con la formalidad de ser “autosuficiente”.
Señalan jurisprudencia que dice que cuando se presenta un Recurso de Inconstitucionalidad, este “debe ser autosuficiente, de tal modo que su lectura torne innecesaria la del expediente. De modo tal que si la pieza no se basta a sí misma, el recurso debe ser declarado inadmisible”. Remarcan que este requisito “es indispensable para que la Corte pueda comprender con la mera lectura del memorial, cuál es la temática del juicio, los asuntos debatidos, el desarrollo del pleito y la conexión de todos los elementos (de hecho y derecho) con los principios y cláusulas constitucionales que se estiman comprometidas”.
Si bien por el “insuficiente” relato del recurrente ya da para rechazarle el camino a la Corte, la Cámara igual contesta algunas críticas que Commodities le hizo a su fallo cuando homologó el acuerdo; y dice, entre otras cosas, que la vulnerabilidad de los acreedores de menor cuantía es una afirmación sin sustento analítico; que la necesidad de apuntalar a los acreedores de menor cuantía es una afirmación sin respaldo fáctico ni lógico, sin evidencia de perjuicio por el default de Vicentin; que cada una de las manifestaciones vertidas por Commodities no develan más que una mera disconformidad con el fallo de la Cámara.
Para la Cámara, el acuerdo avalado “aporta una suma superior al valor de la empresa”; y que, el pago final, condicionado a 12 años, y su distribución, resulta “beneficioso en comparación con la alternativa de la liquidación o la incertidumbre del Cramdown”.
Insisten los jueces de la Cámara en considerar que su fallo es “un pronunciamiento objetivo y razonable, no resultando una afirmación caprichosa de la voluntad del Tribunal, ni un apartamiento de la normativa vigente”.
Para la Cámara, elevar el caso a la Corte implicaría la apertura de una nueva instancia ordinaria de revisión, “destruyéndose” así la finalidad del Recurso de Inconstitucionalidad; y se estaría ampliando “indebidamente” la competencia de la Corte, “ya que las quejas y su insistencia sobre el supuesto yerro interpretativo realizado por esta Cámara, no logran acreditar el menoscabo del derecho constitucional invocado”.
Termina remarcando, en coincidencia con lo manifestado por el Fiscal de Cámara, que “los presuntos defectos invocados por el recurrente no cuentan con andamiaje jurídico suficiente para el franqueamiento de la instancia extraordinaria”.
Por ello, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista, resolvió denegar el Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto por Commodities s.a. contra la sentencia de ese Tribunal, e imponer las costas a la recurrente.
Reconquista Hoy