NORMATIVA DEL BANCO CENTRAL
Nuevas condiciones de acceso al mercado libre de cambios para el pago de importaciones
El Directorio del Banco Central especificó que habrá plazos de pago diferenciados según la posición arancelaria de los distintos bienes y servicios, lo cual permitirá administrar las divisas durante los próximos meses, caracterizados por la baja estacionalidad de exportaciones.
El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) definió este miércoles las nuevas condiciones para el acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) para las importaciones de bienes y servicios que sean cursadas a partir de la fecha, con «plazos de pago diferenciados según la posición arancelaria de los distintos bienes y servicios».
El objetivo principal de esta decisión, adoptada a través de la Comunicación A7917, es «normalizar el flujo de importaciones que se encontraba virtualmente frenado por los niveles de endeudamiento comercial acumulados», explicó la autoridad monetaria.
Las condiciones establecidas por la nueva norma apuntan a «eliminar las trabas burocráticas y administrativas que requerían autorizaciones de otros organismos del Estado Nacional a los efectos de poder acceder a las divisas para la cancelación de obligaciones de comercio exterior».
«La expectativa de una mejora marcada en los saldos de balanza comercial en los próximos años permitirá llevar a cabo un proceso desregulatorio que culmine en la eliminación total de las restricciones cambiarias», confió la autoridad monetaria en un comunicado.
Sin embargo, debido al estado de situación actual de las reservas internacionales y el stock de deudas comerciales impagas a la fecha, resulta prudente encarar un «proceso de normalización de carácter gradual y ordenado», aclaró.
Para ello, el Directorio del BCRA estableció «plazos de pago diferenciados según la posición arancelaria de los distintos bienes y servicios importados» lo cual permitirá administrar las divisas durante los meses próximos, caracterizados por la «baja estacionalidad de exportaciones».
En relación a las importaciones pendientes de pago, el Directorio del BCRA dispuso -a través de la Comunicación A7918- la emisión de uno o más títulos en moneda extranjera que podrán ser eventualmente suscriptos con pesos, con el objetivo de asegurar la disponibilidad de divisas en fechas y por montos específicos.
Fuente Telam