Aprobaron en comisión reforma clave
sobre el juicio político al presidente en Perú.
Con esto, el Congreso busca aumentar las causales que permiten acusar a un presidente en la justicia ordinaria, restringiendo la inmunidad de la que goza actualmente para que no se le inicien procesos judiciales mientras ejerza el cargo.
La Comisión de Constitución del Congreso de Perú aprobó hoy un dictamen que apunta a modificar la carta magna para incluir los delitos de terrorismo, narcotráfico y corrupción de funcionarios como causales para que un presidente pueda ser acusado por la Justicia durante su mandato y para precisar el concepto de “permanente incapacidad”.
«El presidente de la República puede ser acusado durante su periodo por la imputación de delitos vinculados al terrorismo, al narcotráfico, a la corrupción de funcionarios», señala el texto del dictamen que podría derivar en cambios al artículo 117.
Estas causales de acusación presidencial se suman a las ya existentes: traición a la patria e impedir las elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales.
Otras causales previstas para acusar a un presidente también son: por disolver el Congreso, salvo en los casos previstos en la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del Jurado Nacional de Elecciones y otros organismos del sistema electoral.
Aunque el dictamen debe atravesar el pleno para que sea votado y aprobado por mayoría en dos legislaturas consecutivas y, de esa manera, sea integrado como una reforma a la Constitución, genera un dato de relevancia en plena crisis política del país.
La Comisión -que preside el fujimorista Hernando Guerra- apunta también a cambiar el artículo 113 de la Constitución también para ajustar el concepto de “permanente incapacidad moral o física” que ya se usó para sacar del cargo a varios jefes de Estado.
El nuevo texto, si es aprobado, dirá que se puede vacar al mandatario por «permanente incapacidad mental o física, debidamente acreditada de forma unánime por una junta médica sin conflictos de intereses, y declarada por el Congreso», además de por su «permanente incapacidad moral».
Una disposición transitoria, además, apuesta a otorgar al fiscal de la Nación todas las atribuciones para acusar constitucionalmente al presidente en funciones y que solo ese funcionario pueda investigarlo, por lo que se le quitaría ese rol al Congreso.
Los cambios al artículo 113 fueron aprobados por 18 votos a favor, 4 en contra y 3 abstenciones; y los del artículo 117 por 16, 5 y 3, respectivamente, según la estatal agencia Andina.
Fuente: Télam