Hasta fines de septiembre
Extendieron los plazos para planes de pago de Ganancias y Bienes Personales
Mediante la Resolución General 5243/2022, la AFIP llevó al 30 de ese mes la fecha límite para cancelar las obligaciones de los tributos en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta de 25%.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de septiembre los plazos para cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta de 25%.
La medida se formalizó a través de la Resolución General 5243/2022, que se publicará el próximo lunes en el Boletín Oficial y en la que también se dispuso la prórroga por dos meses de los beneficios de los planes de pago permanente, en relación con la cantidad de cuotas y planes adheribles.
En un comunicado, la AFIP señaló que con las prórrogas se apunta a «coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y responsables, a fin de generar las condiciones necesarias para fortalecer la recuperación de la actividad económica y preservar las fuentes de empleo».
La resolución establece que el organismo recaudador «no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones alcanzadas».
El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como «riesgo muy alto» en la categoría E.
El Siper es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.
En la misma normativa, la AFIP otorgó hasta el 30 de septiembre vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes, con un máximo de ocho cuotas y seis planes por persona.