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NIVEL INICIAL: EL 15 DE MARZO ABRE

INSCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA A INTERINATOS Y SUPLENCIAS

Desde el Ministerio de Educación informaron que la inscripción al Periodo Extraordinario B se llevará a cabo hasta el 15 de abril, a través de la Aplicación SIE -Tu Gobierno Digital.

El Ministerio de Educación del Chaco, a través de la Junta de Clasificación de Nivel Inicial, comunica a los docentes de dicho nivel de toda la provincia que la inscripción al Periodo Extraordinario B se llevará a cabo a partir del 15 de marzo y hasta el 15 de abril, a través de la Aplicación SIE -Tu Gobierno Digital, por Correo Postal Certificado y en la Junta de Clasificación, sita en Gobernador Bosch 99, Nave 1 de Resistencia, de 8 a 15.30.

Para mayor información, los interesados deberán dirigirse al citado organismo, o bien comunicarse al teléfono 3624-453033 o al correo electrónico [email protected].

Documentación para inscribirse por primera vez

Correo Postal Certificado

a) Fotocopia autenticada de DNI

b) Fotocopia autenticada de Partida de Nacimiento

c) Título Docente con Registro de la Dirección de Títulos y Equivalencias o Constancia del mismo con mención del promedio general y fecha de egreso (Inc. V de la Reglamentación del Art. 17°-Ley 647-E del Estatuto del Docente)

d) Constancia de Servicios Docentes prestados en otro Nivel del Sistema Educativo extendida por el Superior Jerárquico inmediato (si los tuviera)

e) Otros Títulos. Certificados y antecedentes valorables.

Plataforma Tu Gobierno Digital- Aplicación SIE

En formato PDF y en las Pestañas correspondientes:

a) DNI

b) Partida de Nacimiento

c) Título Docente, con Registro de la Dirección de Títulos y Equivalencias o Constancia del mismo con mención del promedio general y fecha de egreso. (Inc. V de la Reglamentación del Art. 17°-Ley 647-E- Estatuto del Docente)

d) Constancia de Servicios Docentes prestados en otro Nivel del Sistema Educativo extendida por el Superior Jerárquico inmediato (si los tuviera)

e) Otros Títulos. Certificados y antecedentes valorables.

Al ser consideradas las Solicitudes con carácter de Declaración Jurada, se aplica automáticamente el Régimen de Incompatibilidad establecido en la Ley 647-E-Estatuto Docente. Los Aspirantes Extranjeros deben cumplir con las condiciones exigidas en el Art. 17-Inciso a) de la Ley 647-E-Estatuto Docente. El no cumplimiento de los requisitos precedentes producirá la nulidad de la solicitud.

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