| |

LEY FEDERAL DE CARNES: EL GOBIERNO

GARANTIZARÁ CUMPLIMIENTO PARA ASEGURAR LA INOCUIDAD ALIMENTARIA.

El Ministerio de Producción, Industria y Empleo informó que la instrumentación del cumplimiento de la legislación posibilita que todos los cortes cárnicos que procedan de las plantas de faena locales sean producidos bajo las condiciones de inocuidad y seguridad alimentaria vigentes.

El gobierno provincial trabaja desde inicios de año en la implementación de la Ley Federal de Carnes en todo el territorio para hacer cumplir lo establecido en esa normativa y, de esa manera, garantizar la inocuidad y seguridad alimentaria en favor de la población.

La instrumentación del cumplimiento de la legislación posibilita que todos los cortes cárnicos que procedan de las plantas de faena locales sean producidos bajo las condiciones de inocuidad y seguridad alimentaria vigentes.

Las aclaraciones, realizadas desde el Ministerio de Producción, Industria y Empleo, están relacionadas con el reciente cierre del matadero municipal de Tres Isletas, establecimiento que no cumple con los requisitos bromatológicos básicos para operar.

Para cumplir con los objetivos trazados por el Gobierno provincial, la cartera productiva confeccionó un mapa en se detalla la ubicación por zonas de las distintas plantas frigoríficas en funcionamiento, sus condiciones de emplazamiento -distancias y estado de las calles-, así como por niveles de faena y distribución estratégica.

En este esquema los establecimientos fueron calificados por categoría: frigoríficos A, B y C; mataderos municipales; mataderos rurales; y aquellos que figuran como proyecto de mataderos o frigoríficos.

En paralelo, fueron identificados los frigoríficos privados, los mataderos municipales (cupo de 130 animales en adelante) y los que se enmarcan en proyecto de mataderos frigoríficos.

Este trabajo, realizado por técnicos de la Subsecretaría de Ganadería –con colaboración del Senasa–, quienes luego de identificar la ubicación de las plantas de faena y de calificarlas por el nivel de trabajo que desarrollan, permitió avanzar en la notificación correspondiente a los responsables de cada establecimiento sobre las adecuaciones que debían realizar para estar autorizadas y enmarcadas en lo que establece la Ley Federal de Carnes.

Algunos emprendimientos fueron advertidos acerca de que debían adecuarse a lo que establece la normativa nacional, mientras que a otros se les informó que tendrían que realizar mejoras en lo que respecta a estructura edilicia, correcciones urgentes para poder ser calificados como operativos, impulsar nuevas obras y concretar reparaciones específicas para, de esa manera, adecuarse a la legislación.

“Nuestra responsabilidad es garantizar la inocuidad y la seguridad alimentaria de todos los productos que provengan de una planta de faena ubicada en la provincia, para brindar máxima seguridad a todos los consumidores”, aseguró este sábado el subsecretario de Ganadería, Sebastián Bravo.

“Esta es nuestra prioridad y en eso trabajamos cada día, ya que es nuestra obligación desde el Gobierno provincial dar cumplimiento a todas y cada una de las normas en vigencia”, remarcó.

“No solo para cumplir con las condiciones que exige el Senasa en cuanto a lo básico indispensable para que una planta frigorífica sea habilitada para funcionar, sino también con el objetivo de dar absoluta garantía de calidad de todos los alimentos producidos en una planta frigorífica, que tienen como destino final al consumidor”, agregó. “Tenemos que resguardar la salud de la población y ese es el eje central de nuestra gestión”, apuntó Bravo.

El caso del matadero de Tres Isletas

En lo que respecta a la planta de faena municipal de Tres Isletas, y ante el pedido de adecuación de las instalaciones para encuadrarse a lo que establecen las legislaciones en vigencia, las autoridades a cargo manifestaron en su momento un pronto inicio de obra en un nuevo terreno.

Sin embargo, fueron notificados que hasta que los trabajos anunciados no estén concluidos, el establecimiento no podrá seguir operando.

El proyecto de construcción de un frigorífico categoría C en el municipio lleva más de ocho años y hasta la fecha no se registraron avances sustanciales.

Ante esta situación y en estricto cumplimiento de lo que determina la Ley Federal de Carnes, la Subsecretaría de Ganadería procedió en enero a la inhabilitación del matadero municipal por incumplir las normas bromatológicas necesarias que garanticen la inocuidad de los alimentos que emergen de la planta y tienen como destino final el consumidor.

Requisitos mínimos para una planta faenadora

Los requisitos mínimos para la habilitación de una planta faenadora en territorio provincial son los siguientes: cerco perimetral, sector corrales (desembarcadero, corrales, manga), agua potable o de perforación con tratamiento, luz eléctrica, playa de faena (cajón de noqueo, insensibilizador, rejilla de caídos, rielera de principio a fin, bandejas/carros para menudencias, sector de menudencias con sus bachas, sierras de pecho y medias reses, palcos, filtros sanitarios, lavamanos/piletas, oreo, cámara frigorífica, zona cargas, entre otros), horno crematorio y tratamiento de efluentes.

Además, la planta deberá contar con inspector veterinario y un medio de transporte con equipo mecánico frío.

La Legislatura aprobó en 2020 la Ley 3177-I, que faculta al Poder Ejecutivo avanzar con la implementación de la Ley Nacional 22.375 (Ley Federal de Carnes) a partir del 1 de enero de 2022, (plazo improrrogable).

La legislación establece que “la Ley Provincial de Carnes y Subproductos de Origen Animal está orientada esencialmente a ordenar el sector de faena, transporte, comercialización, control higiénico-sanitario, optimizar el aprovechamiento de los subproductos, evitar la contaminación del medio ambiente y por sobre todos estos conceptos, resguardar la salud de la población”.

Se remarca también que “la faena de bovinos, ovinos, caprinos, porcinos, aves y otras especies, el transporte de carnes y subproductos, la comercialización, la habilitación de plantas faenadoras, la inspección sanitaria ante y post mortem y normas de funcionamiento, se regirán en el Chaco por las normativas nacionales dictadas o que se dicten en el futuro por el organismo nacional”.

Se desprende además que el Ministerio de Producción, Industria y Empleo será el organismo de aplicación de la presente ley, quien acordará además con “autoridades nacionales, provinciales, municipales, entidades intermedias del sector pecuario, entes recaudadores, autoridades policiales y organismos descentralizados, la prestación de la colaboración necesaria para el cumplimiento de esta ley y de los reglamentos y disposiciones complementarias que se dicten”.

Publicaciones Similares