Reinstauraron medidas para la prevención de lavado de activos
Habían sido bloqueadas en 2016
La decisión permite al Estado articular mecanismos de control sobre aquellos sujetos que están obligados a informar sus movimientos de dinero a las Unidad de Información Financiera.
Los sujetos obligados a informar conductas o actividades sospechosas ante la Unidad de Información Financiera (UIF) podrán solicitar a sus clientes declaraciones juradas impositivas, con el objetivo de mejorar el esquema de prevención de lavado de activos y optimizar las herramientas de control para frenar los flujos financieros ilícitos, según una norma publicada este martes en el Boletín Oficial.
Se trata de la Resolución General 5125/2021 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que reinstaura esta posibilidad, que había sido bloqueada en 2016.
En ese año se había dictado una normativa que tenía como objetivo incentivar el blanqueo de capitales y, en ese marco, los sujetos obligados ante la UIF debían “abstenerse de pedir a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales”.
Así, la medida publicada por la AFIP fortalece las herramientas de control que habían sido desarticuladas durante el Gobierno anterior, y la decisión refuerza la capacidad de abordaje de los flujos financieros ilícitos en el marco de los estándares internacionales, como también la medida permite al Estado articular mecanismos de control.
Con esta modificación, entidades financieras, empresas aseguradoras, firmas dedicadas al transporte de caudales, intermediarias registradas ante la CNV, entre otros, están habilitadas a solicitar a sus clientes las declaraciones juradas impositivas, tal como ocurría antes de 2016.
La normativa
La Resolución General 5125 es el resultado del trabajo en conjunto entre la AFIP y la UIF, y la normativa abroga (suspender o derogar una normativa) la resolución que impedía a los sujetos obligados ante la UIF a solicitar declaraciones juradas impositivas.
La ley de prevención de lavado de activos detalla quiénes son los sujetos obligados a informar ante la UIF las conductas o actividades de las personas o sociedades a través de las cuales puede inferirse la existencia de una situación atípica que pueda configurar un hecho u operación sospechosa de lavado de activos o financiación de terrorismo.
Se trata de entidades financieras, aseguradoras, firmas intermediarias registradas ante la CNV y compañías dedicadas al transporte de caudales, entre otros.
La normativa define la posibilidad de que los contribuyentes y responsables compartan sus declaraciones juradas y documentación con terceros por su voluntad y en su propio beneficio, y así cada contribuyente decide, en el marco de su relación contractual, aceptar la solicitud y aportar sus declaraciones juradas impositivas.
La Ley 25.426 de prevención de lavado de activos especifica también que los sujetos obligados a informar a la UIF deben guardar secreto, por lo tanto las declaraciones juradas también se encuentran amparadas la confidencialidad.