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PARTICIPACIÓN CIUDADANA: ZALAZAR CALIFICÓ DE «HISTÓRICA»

LA SANCIÓN DE LA LEY DE JUICIOS POR JURADOS EN EL FUERO CIVIL Y COMERCIAL.

La ministra de Seguridad y Justicia valoró la sanción, en la Legislatura, de tres leyes para mejorar la administración de justicia en la provincia. Se trata de las leyes 3325-B, de Juicios civiles y comerciales por jurados, 3324-A que crea la Escuela Judicial y 3323-C de Mediación.

“La provincia del Chaco ha hecho historia hoy con esta ley”, señaló la ministra de Seguridad y Justicia de la provincia, Gloria Zalazar, tras la aprobación -este miércoles – de los juicios civiles y comerciales por jurados en la legislatura chaqueña.
La iniciativa, forma parte de un paquete de leyes impulsadas por el Ejecutivo provincial para generar un mayor acceso a la justicia de la ciudadanía.
“Es algo novedoso. En el mundo se habla de los juicios por jurados en el fuero penal, pero hay pocas naciones que cuentan con esta herramienta para el foro civil y comercial, y ahora Chaco se suma a ellas. La implicancia es histórica”, remarcó la funcionaria.
Mediante esta ley, de aplicación gradual a un número acotado de casos en su inicio, los litigantes podrán acudir a un jurado de doce miembros para la solución de sus disputas, mientras las partes podrán generar una resolución alternativa al conflicto hasta el momento previo al anuncio del veredicto.
La ley 3325-B, de Juicios civiles y comerciales por jurados, define como su objeto, en su artículo 1 “garantizar la participación ciudadana en la administración de la justicia civil y comercial de la provincia del Chaco conforme lo dispuesto en los artículos 5, 24, 75 inc. 12, 121, 122, 123 y 126 de la Constitución Nacional, artículo 14 de la Constitución Nacional y en el marco del Derecho Convencional vigente que obliga a la República Argentina”.
En sus fundamentos, la norma sostiene: “En miras a ser la primer Provincia de Latinoamérica, y la primer Provincia de la Argentina en aplicar el juicio civil y comercial por jurados cumpliendo con la manda del art. 24 de la Constitución Nacional, estableciendo que todas las ramas y fueros del derecho se juzguen por jurados, no excluyendo al fuero civil y comercial. La ley incluye además previsiones sobre tutela colectiva, derecho al debido proceso colectivo y regulación de las instituciones para garantizar su cumplimiento.
Es así que en su artículo 13 establece el “Derecho al debido proceso colectivo. Constituyen presupuestos del debido proceso colectivo, el acceso a la justicia colectiva, la legitimación colectiva, la acreditación y control de la representatividad adecuada, la instrumentación de un procedimiento adecuado de publicidad y notificación del proceso, la posibilidad de optar por ser parte o excluirse, la certificación de la acción, la intervención de amicus curiae, la consagración de registros o dispositivos públicos de información relativa al proceso, un deber calificado de contradicción, una sentencia con alcance de cosa juzgada colectiva y mecanismos de implementación acordes a la complejidad de las soluciones que demandan esta clase de conflictos”.
Cabe destacar que los juicios por jurados en materia penal se ejecutan en la capital desde 2019, con jurados integrados por doce miembros titulares, mujeres y varones en partes iguales, contemplando la composición con representantes de pueblos originarios cuando se encontraran involucrados.
Más y mejor justicia
Además, en la sesión del miércoles se aprobaron otras dos normas: la Ley 3324-A y la Ley 3323-C, con el objetivo de eficientizar el acceso a la justicia de ciudadanas y ciudadanos chaqueños.
La Ley 3324-A crea la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura para la formación, actualización y perfeccionamiento de funcionarios, empleados del Poder Judicial y abogados de la matrícula, a través de cursos, talleres, seminarios, jornadas de capacitación jurídica y actividades de investigación. También se prevén actividades de difusión a la comunidad de temas de interés social vinculados al sistema judicial. Era un reclamo histórico de los abogados de la provincia y responde a lo requerido constantemente por sus asociaciones profesionales.
Por otro lado, la Ley 3323-C de Mediación busca aumentar la paz social, disminuir la litigiosidad e incrementar la participación ciudadana en los conflictos. Contempla la creación del Registro Público de Mediadores al Ejecutivo provincial, que habilitará centros de mediación, formará y capacitará en negociación y resolución de con?ictos sociales a mediadores, que actuarán en coordinación con jueces de faltas de cada jurisdicción.

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