La AFIP prorrogó los vencimientos de las declaraciones y los pagos
Ganancias y bienes personales: La decisión beneficia a 2 millones de contribuyentes.
La AFIP anunció una prorroga de 15 días en los plazos de presentación de las declaraciones juradas y de los respectivos pagos de saldos correspondientes a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Esta medida está dirigida a las personas humanas (es decir, que no sean sociedades).
Con esta medida el organismo suma una segunda prórroga de los vencimientos (previstos originalmente para mediados de junio) y beneficia a 2 millones de contribuyentes.
La resolución, que también incluye el vencimiento del impuesto cedular, será publicada en el Boletín Oficial del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont. Forma parte del conjunto de herramientas ofrecidas por la AFIP para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.
Con ese objetivo el organismo también definió, a comienzos de la semana, postergar hasta el 31 de agosto el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales. Dicha resolución fue acompañada por el incremento de 1.500.000 a 2.000.000 de pesos del umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben realizar una declaración jurada informativa. https://www.pagina12.com.ar/ipad/@@@pdfs/prorroga.pdf
Los nuevos plazos, correspondientes al período fiscal 2019, están organizados según la terminación del CUIT del contribuyente.
Todas las fechas
En lo que respecta al impuesto a las Ganancias: para los CUIT terminados en 0, 1, 2 ó 3 la fecha final de presentación de la declaración jurada será el 10 de agosto y el 11 debería concretarse el pago del saldo en caso de ser necesario. Para los CUIT finalizados en 4, 5 y 6, las fechas serás 11 y 12 de agosto, respectivamente. Finalmente, los que terminen en 7, 8 y 9 serán el 12 y 13 de agosto.
Según lo que concierne al impuesto cedular: los plazos son el 11 de agosto para los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3; el 12 de agosto para los finalizados en 4, 5 y 6; y el 13 de agosto para los que terminan en 7, 8 y 9.