Policías condenados por violar a dos hermanas en situación de calle
La justicia confirmó las condenas de entre 7 y 16 años de prisión para seis policías federales y un penitenciario que entre 2009 y 2011 abusaron sexualmente de dos hermanas menores de edad, aprovechándose del «grave estado de vulnerabilidad» de las víctimas, en la Ciudad de Buenos Aires.
El Ministerio Público Fiscal de la Nación informó a través de su página web que así lo resolvió la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional al dejar firme las sentencias dictadas en 2016 por un tribunal de primera instancia.
Según el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 17 porteño, para cometer los abusos, los condenados se aprovecharon del «grave estado de vulnerabilidad» de las dos hermanas, de la relación de superioridad y del poder que tenían sobre ellas por la mayoría de edad y por la condición de funcionarios públicos que tenían.
Para la justicia, las víctimas eran buscadas la mayoría de las veces en el Parque Lezama de La Boca y luego eran llevadas a una pensión situada en Warnes 2105 -donde residían mayormente agentes y aspirantes de la Policía Federal Argentina (PFA)- o al predio del Cuerpo de Policía Montada.
Una vez allí, las dos adolescentes -de 13 y 14 años al momento en que se iniciaron los hechos- fueron abusadas sexualmente por los siete condenados, seis efectivos de la PFA y uno del Servicio Penitenciario Federal (SPF).
Los hombres contactaban de manera telefónica a las chicas y les indicaban la hora y el lugar por donde pasarían a buscarlas; y en algunos casos, les daban dinero para cubrir «los gastos de traslado».
De acuerdo a la sentencia, en varias ocasiones les enviaban luego unos mensajes amenazantes para que siguieran bajo su control «a fin de satisfacerlos sexualmente».
Los policías Sebastián Borfitz y Héctor Palavecino recibieron una pena de 16 años de prisión cada uno, con el agravante de haber abusado de su autoridad por ser agentes de una fuerza de seguridad.
Al agente Gustavo Salinas le fijaron una pena de 14 años, mientras que Mauricio Acevedo fue condenado a 12 y medio y su hermano Jorge, efectivo del SPF, a 12.
Mientras que Héctor Martínez y Miguel Campero fueron sentenciados a 10 y 7 años de prisión, respectivamente, por los mismos abusos pero sólo contra una de las víctimas.
Por su parte, las defensas apelaron ante Casación la sentencia de los jueces Pablo Vega, Alejandro Nocetti Achaval y Juan Giudice Bravo, por considerar que hubo falta de pruebas o una valoración errónea de las mismas.
También cuestionaron el informe de los peritos que evaluaron a las víctimas y marcaron contradicciones en los testimonios de las mismas ya que varios de los imputados sostuvieron que las hermana «iban por su cuenta» a verlos.
Al momento de analizar la sentencia, el juez de Casación Horacio Días resaltó que hubo unanimidad entre los peritos que intervinieron en «lo relativo a la veracidad de los relatos prestados por ambas querellantes, a la falta de influencia de terceras personas, a la ausencia de signos de fabulación, a la presencia de sintomatología compatible con el abuso sexual».
El juez reiteró que existió un «estado de vulnerabilidad de las hermanas» y que también hubo amenazas; amedrentamiento; y un aprovechamiento de la superioridad que tenían sobre las chicas, además del uso de armas en los encuentros sexuales.
Luego, aclaró que las chicas no estaban en condiciones de consentir libremente los actos, «más en la situación de desamparo en la que se encontraban» y donde sólo las trataban como «objetos para desahogar su apetito sexual».
En su voto, el juez de Casación Eugenio Sarrabayrouse adhirió a lo planteado por su colega y se refirió a la credibilidad de los testimonios de las chicas.
«Los apodos de los autores de los hechos, los tatuajes en sus cuerpos, la descripción detallada de las dependencias policiales en las que habrían ocurrido los sucesos, circunstancias que sólo podían ser conocidas como consecuencia de haber vivido los hechos relatados», explicó.