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OCAMPO DIO DETALLES SOBRE LAS MEDIDAS NACIONALES PARA PALIAR EL EFECTO DE LA EMERGENCIA

Aclaró que los beneficios estarán disponibles cuando el Gobierno Nacional decrete la emergencia agropecuaria en las provincias afectadas.

El ministro de Hacienda y Finanzas Públicas del Chaco, Cristian Ocampo, dio precisiones sobre las medidas que implementará la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para asistir al sector económico afectado por la emergencia hidrometeorológica. Se trata de las primeras acciones concretas que implementará el Gobierno Nacional para paliar, al menos en parte, las pérdidas ocasionadas por las inundaciones.

Ocampo detalló que la AFIP prorrogará los pagos y anticipos de impuestos de vencimiento anual, en los que se incluye el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales; pero de todos modos se debe presentar la Declaración Jurada. Además no practicarán retenciones del impuesto a las ganancias en el período de emergencia, a pesar de tener una mala calificación en SIPER o SISA. “Cuando se produzcan ventas forzosas, se deducirán los beneficios del balance impositivo de Ganancias”, explicó el ministro.

Asimismo, se activará el Plan de Emergencia contenido en el Plan Permanente para deuda exigible, con un plazo de hasta 48 cuotas; y se suspenderán -durante el período de emergencia- los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados.

“Este paquete de medidas contribuye en parte a paliar la situación del sector económico, y se comenzarán a hacer efectivos una vez que el Gobierno Nacional declare la emergencia en las provincias afectadas, que estimamos que sea este martes”, explicó Ocampo. Destacó además que estos anuncios “se suman a las amplias acciones que definió el gobernador Domingo Peppo para dar respuestas a productores, industriales y comerciantes, que además de contener medidas de índole tributario, también ofrece otras de carácter crediticio y financiero”.

Por otro lado, el ministro brindó detalles sobre el procedimiento de determinación de las zonas afectadas, que está bajo la órbita de Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil, y los beneficios derivados para los inundados de los sectores productivos. En este plano precisó que el secretario de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere, dispone el inicio del plazo de vigencia de la emergencia, la AFIP reglamenta cuáles serán los beneficios fiscales a otorgar a los afectados, el contribuyente tramita el certificado del gobierno provincial para registrar su adhesión en el organismo tributario nacional y a partir de la registración se activan los beneficios fiscales.

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