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PRODUCCIÓN: HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE ACOGER A LOS BENEFICIOS DE REFINANCIACIÓN DE DEUDAS

Los interesados deben acercarse a las oficinas de la cartera productiva o de Fiduciaria del Norte a cumplimentar los requisitos correspondientes.

El Ministerio de Producción recuerda que fue prorrogado hasta el 30 de noviembre el plazo para sumarse a los beneficios de refinanciación de deudas que se estableció, en un principio, mediante la Ley N° 2688-F. Esta prórroga fue aprobada por la Cámara de Diputados del Chaco a través de la Ley Nº 2853-A, que modifica los términos establecidos en la normativa anterior.

Ante esta nueva modificatoria legislativa, el Ministerio de Producción solicita a todos los productores interesados que se acerquen a las oficinas de la cartera productiva o de Fiduciaria del Norte a cumplimentar los requisitos correspondientes.

La Ley N° 2688-F condonó automáticamente todas las deudas por créditos tomados hasta diciembre de 2014 y habilitó a los productores a refinanciar las deudas adquiridas por créditos originados entre 2015 y 2016, con cuatro años de plazo, a tasa cero y un año de gracia.

Aquellos productores que posean deudas por créditos suscriptos en 2015 y 2016, deben acercarse a Fiduciaria del Norte, tanto en la casa central de Resistencia como en las sucursales Sáenz Peña o Villa Ángela, a fin de realizar los trámites establecidos. En tanto, quienes obtuvieron créditos en el 2014 y años anteriores, no necesitan realizar ningún trámite, ya que tienen condonada la deuda automáticamente.

Por otro lado, aquellos productores que tomaron créditos de la Ley Nº 2918 y que desean acceder a los beneficios de la Ley Nº 2688-F, deben presentarse en el Ministerio de Producción, 7º piso de Casa de Gobierno de Resistencia o bien en cualquiera de las delegaciones que la cartera productiva tiene en la provincia del Chaco.

Una vez vencido el plazo del 30 de noviembre de 2018, aquellos productores que no refinanciaron sus deudas perderán los beneficios establecidos por la Ley 2688-F, volviendo a correr las condiciones establecidas originalmente al momento de suscribir la toma de los respectivos créditos.

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